10 Aspectos que debemos conocer de los Acomodos Razonables en el Trabajo

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Uno de los elementos claves para continuar logrando empresas inclusivas es tener un proceso de acomodos razonables claro, preciso y efectivo. Antes de compartir los 10 aspectos claves que debemos saber, compartimos unos datos sobre discapacidad (diversidad funcional) y empleo.

  • En los Estados Unidos 1 de cada 4 personas tiene una discapacidad.
  • En los Estados Unidos 1 de cada 10 personas tienen una discapacidad no visible.
  • La tasa de empleo para el 2018 de personas con discapacidad en los Estados Unidos es de 37.8% vs. un 80% de personas sin discapacidad en el caso de Puerto Rico un 23.5% de personas con discapacidad vs. un 58.5% de personas sin discapacidad.

1. ¿Qué es acomodo razonable?

Es cualquier cambio en el proceso de solicitud o contratación del trabajo, en la forma en que se realiza el trabajo o en el entorno laboral que permite a una persona con una discapacidad que esté calificada para el trabajo hacer las funciones esenciales de ese trabajo y disfrutar de las mismas oportunidades de empleo (ADA National Network, 2018). 

2. ¿Quiénes deben brindar acomodos razonables en el empleo?

Mirando desde la inclusión todas las empresas, instituciones y organizaciones. Respondiendo desde las leyes federales y estatales que aplican a Puerto Rico aplica a gobierno estatal y local, federal, agencias subvencionadas federal y privadas que tiene de 15 o más empleados. Establecido y mencionado a través de las tres principales leyes:

  • Americans with Disabilities Act (ADA), 1990 según enmendada
  • Sección 501 de la Rehabilitation Act, 1973 según enmendada
  • Ley 44 de 1985, enmendada [Ley de Prohibición de discrimen contra personas con impedimentos] especifica que aplica al Gobierno del ELA de PR, instrumentalidades, corporaciones públicas o cuasi públicas, municipios y empresas privadas.

3. ¿Cuáles son los conceptos que no debemos olvidar?

Persona con discapacidad: un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más de las principales actividades de la vida de un individuo, persona con historial de discapacidad y ser considerado con una discapacidad.

Personas con discapacidad calificada: Cumple los requisitos para el servicio o el empleo, y puede hacer las funciones esenciales del trabajo que solicita o tiene con o sin acomodo razonable.

Funcionales esenciales: son las tareas fundamentales que se deben realizar para lograr el trabajo o puesto, si se eliminan cambian el puesto.

4. ¿Cuáles son los ejemplos más comunes de acomodos razonables?

Las categorías son tres: ajuste en un proceso de solicitud de empleo, ajuste en el entorno de trabajo o en la forma en que normalmente se hace un trabajo y ajuste que permita a un/a empleado/a con discapacidad recibir o participar de beneficios y privilegios laborales. Pueden realizarse modificaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas, reestructuración del trabajo, modificar el horario laboral, modificar equipos o dispositivos, brindar lectores o intérprete de lenguaje de señas, modificación en proceso de solicitud, exámenes, materiales o formas de capacitación. En fin una gran diversidad de opciones tomando en consideración las necesidades del empleado/a y la empresa.

5. ¿Qué no puede causa o hacer un acomodo razonable?

  • Ser o causar una dificultad excesiva (dificultad o costo significativo) para la empresa (según su presupuesto).
  • No alterar los aspectos fundamentales de la naturaleza del servicio.
  • No represente una amenaza real a la salud o seguridad.
  • Bajar los estándares de productividad aplicables a todos los empleados.
  • Eliminar funciones esenciales del puesto.
  • Permitir o excusar una violación de una regla de conducta aplicable uniformemente, relacionada al trabajo y consistente con las necesidades comerciales.

6. ¿Cómo se establecen los acomodos razonables?

Es importante resaltar que no todas las personas con discapacidad necesitan un acomodo razonable en el ámbito laboral, recuerde que tienen que estar directamente relacionado con las funciones de su trabajo. 

Pasos generales:

  1. Solicitarlo (persona con diversidad funcional), no tiene que decir la palabra de acomodos razonables, indicar que limitación o dificultad está teniendo. 
  2. Empresa: si la discapacidad no es evidente, solicitar evidencia de la discapacidad y poder identificar limitaciones y posibles adaptaciones.
  3. Dialogar con la persona con discapacidad para identificar y clarificar las dificultades, las posibles adaptaciones, y cuidado con las preguntas, tiene que estar relacionadas a las limitaciones y las funciones del empleo.
  4. Al tener todo la información clara, confirmar y validar los acomodos razonables.
  5. Monitorear la efectividad.

Las leyes no establecen un proceso oficial, pero mi recomendación siempre es que se tenga un proceso escrito, detallado y claro y siempre salvaguardando la confidencialidad. 

7. ¿Hay algún apoyo económico para las empresas?

A nivel federal los patronos pueden solicitar créditos o deducciones por gastos en modificaciones para accesibilidad, en pago intérprete de lenguaje de señas o lectores/as, entre otros acomodos. También la Administración de Rehabilitación Vocacional (ARV) tiene incentivos para patronos que contratan consumidores/as de su agencia que están bajo la modalidad de empleo sostenido.

8. ¿Si se hace todo lo anterior se evitan demandas por discrimen?

La demandas son como las caídas, puedes prevenirlas pero no erradicarlas completamente. Piezas claves organizar, documentar, asesorarse y dirigirse a establecer metas y objetivos hacia empresas con cultura organizacional inclusiva.

9. ¿Cuáles son esos cuatro elementos que no podemos olvidar?

  1. No asumir
  2. Empatía
  3. Decirle NO al bendito’ o lástima
  4. Investigar (preguntar)

10. ¿Si se tiene dudas o se necesita consultar a dónde recurrir?

No hay un orden de preferencia, pero son recursos claves hacia procesos de acomodos razonables efectivos para la retención de empleados/as:

  • Equal Employment Opportunity Commission (EEOC): https://www.eeoc.gov/
  • Abogado/a laboral con experiencia y conocimiento en discapacidad
  • Definitivamente la autora de este artículo, María del C. Rodríguez Morales

Reconocemos que el tema de acomodos razonables es basado en cada persona. Aspectos como los antes mencionados son los generales, pero cada caso debe ser trabajado de forma individual.

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